Buen Gobierno Corporativo del Mercado de Valores 2026-I

Instructivo

La Superintendencia Nacional de Valores, en aras de promover y contribuir con el proceso de formación sobre el mercado de valores, con fundamento en lo establecido el DECRETO CON RANGO VALOR Y FUERZA DE LEY DE MERCADO DE VALORES, publicado en la G.O N° 6.211 del 30 de diciembre de 2015, coloca a disposición del público en general el curso denominado “BUEN GOBIERNO CORPORATIVO DEL MERCADO DE VALORES” tiene como objetivo fortalecer las capacidades técnicas y éticas de los participantes en la implementación de un modelo de gestión integral, fundamentado en el marco normativo bursátil, la solidez de los órganos de control y una eficiente administración de riesgos, con el fin de garantizar la transparencia, sostenibilidad y protección de los inversionistas en el Mercado de Valores.

El participante que desee realizar este curso requiere de algunos conocimientos previos que le permitirán aprovechar al máximo las herramientas que se le proporcionaran, en tal sentido debe tener el siguiente perfil:

Oficiales de Cumplimiento y demás integrantes del área de Cumplimiento.
Alta Gerencia y miembros de Junta Directiva.
Estudiantes Universitarios.

Datos del Curso

Inicio de Clases:  Lunes 09, Martes 10 y Lunes 16 de marzo de 2026
Duración: 3 días, 8 horas académicas.
Horario: 04:30 p.m. a 06:15 p.m.
Modalidad: En línea –  Zoom.

Contenido Programático

Módulo I – Fundamentos, Marco Normativo y Principios

Módulo II – Estructura Organizativa, Órganos de Control y Normatividad Interna

Módulo III – Gestión de Riesgos, Reportabilidad y Prevención.

Inscríbete en 3 sencillos pasos

1. Realizar el Pago

2. Remitir el Comprobante

IMPORTANTE:

3. Formulario de inscripción

Curso | BGCMV 2026-1

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    Declaración Jurada

Declaro bajo fe de juramento, sobre la veracidad y autenticidad de la información y documentación suministrada sobre mi persona y por consiguiente autorizo a la Superintendecia Nacional de Valores, por los medios que estime conveniente, a verificar dicha información. Queda entendido que la falta de veracidad de la misma será motivo suficiente para la descalificación de la solicitud.

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